Según el Ministerio Público, Murphy, como principal responsable de la protesta, actuó de manera deliberada e irresponsable al romper a patadas un vidrio del hall del Ministerio, “generando un peligro significativo en un contexto de manifestantes enardecidos”.
La Fiscalía argumentó que su conducta, lejos de calmar la situación, propició un descontrol, poniendo en riesgo la seguridad de quienes se encontraban en el lugar.
Gómez señaló que la pena solicitada, de tres años, es “adecuada, considerando la gravedad de los hechos”. De todos modos, la misma no sería de cumplimiento efectivo.
Según la fiscal, Murphy, “con amplia experiencia sindical, no solo comprendía las consecuencias de sus acciones, sino que además debía actuar con responsabilidad dado su rol de liderazgo. El hecho de que él, como figura pública, haya generado el daño en lugar de contener la violencia, muestra una escalada de riesgos que podría haber derivado en consecuencias mucho más graves".
Además, se destacó que Murphy, al ser un líder sindical con años de experiencia y educación, no pudo alegar desconocimiento de las posibles repercusiones legales y sociales de su actuar.
“El hecho de que la acción haya sido realizada por quien convocó y lideraba la manifestación incrementó la peligrosidad del acto”, concluyó la fiscal Gómez.
No obstante, la acusadora reconoció que Murphy no tiene antecedentes penales.
Para el querellante Castro, en tanto, la conducta de Murphy al dañar el vidrio frente a numerosos medios periodísticos pudo haber producido una escalada de violencia en un lugar altamente transitado.
Por su parte, el abogado defensor Manuel Salgado adelantó que impugnará el fallo y pidió para el sindicalista que se le aplique el mínimo de la pena para ese delito, es decir, tres meses de ejecución condicional.
La sentencia de la jueza Eve Ponce se conocerá el próximo lunes, vía notificación electrónica.
Fuente: MPF Rawson